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Mostrando las entradas de julio, 2023

Modalidades de los Supuestos Jurídicos.

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A continuación apreciaremos un mapa de conceptos que mantiene la claridad de todos estos tipos de modalidades que existen, en el supuesto jurídico recordemos que todos vienen siendo hipótesis a partir de una hipótesis  Entonces ahora vamos a ingresar el tema de las Modalidades:

Condición, Plazo y Cargo.

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La Condición, el plazo y la carga son modalidades existentes dentro de los supuestos jurídicos a continuación veremps de manera detalladamentes: La Condición: Podemos conceptualizar el término de condición de la siguiente manera, como la disposición de los actos jurídicos mediante el cual las partes subordinan una plena eficacia o una resolución a un hecho futuro o que todavía no han conocido dándose de manera incierta. Dentro de esta clasificación de la condición podemos observar dos tipos el primero es la condición suspensiva y tenemos a la condición resolutoria. Condición suspensiva: Es cuando se da eficazmente un acto jurídico y esto depende de qué condición se produzca un ejemplo, "Donaré mi propiedad si me cuidas y me mantienes durante el resto de mi vida".   Demuestra en este ejemplo de que es un suspenso, en pocas palabras  no se conoce si la condición puede llegar a ser cierta o no.  Tenemos la Condición resolutoria que se da bajo la resolución del acto jurídico ...

Modalidades de los Supuestos Juridicos: Concepto.

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Las modalidades son dispocisiones accesorias que acompañan al acto jurídico y que alteran o modifican sus efectos.   Podemos observar ciertos alcances que la caracteriza entre:  Los elementos accidentales del acto jurídico o supuesto jurídico Las disposiciones que entran en el acto jurídico y modifican los efectos desde la perspectiva de su existencia.  P or último que se puede definir como modificaciones inducidas al acto o su posición de contrato por las partes por la ley alterar efecto que son personales o propios.  Existen 3 tipos de modalidades, los cuales  son:  Condición,  Plazo y  Cargo.

Discordancia entre la Declaracion y voluntad.

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Vamos a observar diferentes tipos de discordancia entre ellos tenemos el de la voluntad que se distorsiona por la persona que la remite verdad Y tenemos la voluntad que se distorsiona por otro tipo de factores a la persona que los emite  Existen tres tipos de discordancias entre ellas tenemos la   D iscordancia querida, Disconcordancia involuntaria y la discordancia inducida. A continuacion observemos la siguinte imagen:   También nos podemos preguntar ¿Qué ocurriría en caso de divergencia o separacíon entre lo querido y lo declarado?  Para responder observen lo siguiente, la declaración de voluntad les la teoría clásica de la voluntad , esta es la que prevalece lo que se quieres, también menciona que la voluntad es lo primordial y la declaración tiene un valor meramente instrumental.  Como otra parte tenemos la teoría declaracionista, que esta menciona que hay un cambio de primacía de la declaración, de teoría de tráfico. Por eso vamos a explicar teorías...

¿Qué formas existen de Declaración de voluntad?

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Entre ellas podemos mencionar:  La Expresa  mediante lenguaje verbal,  La Tácita  con hechos concluyentes. Entre las otras declaraciones de voluntad que podemos encontrar son dependiendo si son  recibidas o no  por el destinatario.   Tenemos la  Recepticias , que son realizadas con el objetivo de que lleguen a otra persona o sea a otro receptor, un ejemplo de esta: Un contrato de alquiler.  Las no  Recepticias , que no van a nadie especial como lo dice el nombre no tiene ningún receptor. La Presunta  qué es un precepto legal, de hecho, no concluyentes. Tambien e xisten otros tipos de declaraciones de voluntad tales como,  El Silencio tambien es un tipo de declaración de voluntad, por eso es importante siempre expresar la voluntad. Cuadro de anexo con información.

Teoría de Declaración de Voluntad; Declaración de Voluntad.

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  Dentro de este artículo vamos a tocar muchos temas importantes con relación a la teoría de declaración de la voluntad, pero antes de pasar a este amplio tema vamos a definir ¿Qué es una declaración de voluntad?  A eso a continuación contestaremos esta pregunta.  De antemano tomemos en cuenta, a la voluntad como la capacidad humana de decir algo o no; en el Derecho civil es necesario que se exprese la voluntad en todos caso s. A partir de eso vamos a explicar el concepto de la Declaración de voluntad ;  siendo esta  acto jurídico, en virtud del cual una persona expresa su deseo de que se generen consecuencias jurídicas determinadas Para la declaración de voluntad es necesario, que se produzcan efectos jurídicos, la declaración de voluntad es un elemento muy especial de negocio jurídico. Puede existir un negocio jurídico de varias declaraciones de voluntad, al igual que también puede existir declaraciones de voluntad que no llegan a constituir negocios jur...

Relación y Diferencia entre Supuestos Jurídicos y Hechos Jurídicos.

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Este tema es importante darle una pequeña introducción, ya sabemos que los Supuestos Jurídicos son hipótesis, como tal pero esta hipótesis  dan a un Hechos jurídicos. Para amplificar este tema nos preguntaremos lo siguiente:  ¿Qué relación tiene con los Supuestos Juridicos y los Hechos juridicos?   En lo personal se me suscita esta interrigante constantemente sobre la relación que tienen los supuestos jurídicos y Hechos Jurídicos, recordando siempre la génesis de todo, los supuestos jurídicos son solamente hipótesis . Los Hechos jurídicos son aquello que ocurrio , posee consecuencias jurídicas. Se relacionan principalmente más del lado de supuesto jurídico que podemos observar en este el hecho jurídico mientras que los hechos no requieren de suposición. Dentro de la relación podemos encontaar los siguientes aspectos: El sujeto activo, existe una relación: Los monos subjetivos y plurisubjetivos; Indeterminados y cualificados. Los bienes jurídicos tutelados tenemos; Los s...

Clasificación de los Supuestos Jurídicos.

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Los Supuestos Jurídicos están clasificados de una manera relacionada, como los siguientes: Se clasifican en Simples y Complejos estos a sus vez en Independientes y Dependientes, estos últimos en Simultáneos y Sucesivos. A continuación veremos un pequeño esquema que demostrará esta relación de las clasificaciones: Los Simples y Complejos:  Los supuestos simples se trata una sola hipótesis, por otra parte los complejos tratan de condiciones  las consecuencias y incluyen varios hechos. Une ejmplo de los simples sería cuando una persona ya sea natural o jurídica se convierte en mayor de edad. Por otra parte para la ejemplificación de los complejos tenemos lo siguiente en el caso penal sería el Homicidio, premeditación, la agravante. Independientes y Dependientes: También pueden ser Independientes , estos implica que ellos derivan consecuencias de Derecho , en pocas palabras cuando los hechos que realizan son títulos completos que soportan las  consecuencias; una ejemplifica...

Supuestos Jurídicos: Teoría General, conceptos jurídicos.

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Existen muchos aspectos dentro de los supuestos jurídicos que podemos mencionar para explicarlos, pero es pertinente conocer ¿Qué es un Supuesto Jurídico?  Ampliamente vamos a definir, este es una hipótesis cuya realización depende de unas consecuencias que son establecidas por ordenamiento jurídico o la Norma es decir que aquellas normas que la establecen pueden tener situaciones o sea supuestos que si no llegan a ser cumplidos esto pueden causar consecuencias. Los datos que se utilizan para la hipótesis no son reales en el momento de su supocisión para la aplicación de la norma. Para que haya un Supuesto Jurídico debe haber elementos tales como: La Hipotésis, ¿Quien o Que fue? y una consecuencia a tal supocisión. La Función de los Supuestos Jurídicos es unilateral, en caso de derecho puede generar obligaciones. Los Supuestos Jurídicos conceptuan hecho naturales o fisícos, humanos y estados jurídicos. El supuesto jurídico puede poseer consecuencias como ya conocemos entre estas co...

Diferencias ente Persona Natural y Jurídica.

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La diferencia entre una Persona Física y una Persona Jurídica es que puede ser también una entidad o sociedad que obtiene esa condición legal, pero no es un ser humano es decir una persona física. Para entender este tema de forma amplia vamos a observar el siguiente tema: Persona Natural Persona Jurídica La persona natural actúa por sí misma. La persona Jurídica actúa a través de una representación legal. Se extingue con la muerte Se extingue por la aprobación de la liquidación de una sociedad. Existencia Real. Existencia Conceptual. Una persona. Un grupo de personas. Pueden ser personas físicas y colectivas. Pueden ser Asociaciones, congregaciones, fundaciones, corporaciones. Su existencia comienza en el nacimiento. Su existencia comienza al momento de tener los requisitos. Adquiere Derecho y obligaciones. ...

¿Cuáles son las características de las Personas Jurídicas?

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Las siguientes características son en base a el Código Civil de Panamá. Generales: Las Personas Jurídicas pueden adquirir bienes, contraer obligaciones y ejercitar acciones civiles y criminales, conforme a la ley y la constitución. Las Personas Jurídicas serán representadas judicialmente y extrajudicialmente por las personas Naturales o sus respetivos estatutos, leyes, constituciones de su respectivo estatuto determine. Especificas: La capacidad civil de las Personas Jurídicas de regularan bajo la Constitución o las Leyes que se hayan creado. Las iglesias, comunidades, congregaciones o asociaciones religiosas se rigen bajo sus respectivos canones, pero necesitan ser reconocidos por el poder ejecutivo igualmente no oponerse a la Constitución y las leyes de la República. La capacidad civil de las Fundaciones se regulará por las reglas creadas , deberán ser aprobadas por el Poder Ejecutivo. La capacidad civil de las Corporaciones de Interés Público se regulará por la ley que las...

¿Que son las Personas Naturales y Juridicas?

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De manera de introducción tenemos que anteriormente habíamos hablado del tema de las personas como tal, y sus características pertinentes en el código civil, pero ahora añadido a eso explicaremos las características y una visión amplia de las Personas Jurídicas. ¿Cómo se define las Personas Naturales y Jurídicas ? De manera de repaso tenemos que son  las Personas Naturales ,  podemos entenderlas como aquellos seres humanos que desean desempeñar y ejercer obligaciones a título personal.   Para que exista una persona natural se requiere del nacimiento; pero el concebido, si llega a nacer. Mientras que las  Personas Jurídicas  nos acercamos más al tema legal con la siguiente definición;  son sociedad conformadas por una o más personas, capaces de ejercer derechos y contraer obligaciones. Mapa Conceptual sobre las Personas Juridica s y Naturales: Vamos a puntualizar en el tema de las personas Juridicas como tal, para ampliar nuestros conocimientos. ¿Cómo se cla...

Domicilio, Matrimonio y Estado Civil de las Personas.

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Es preciso también tocar el tema del Domicilio de las personas por lo tanto exponemos lo siguiente:  El domicilio generalmente es e l concepto se utiliza para nombrar a la vivienda permanente y fija de una persona. Más en el  sentido jurídico es un atributo de la personalidad,  consiste en el lugar  en donde una persona física y jurídica,  tienen su residencia con real o presunta de permanecer en ella. Existen diversos tipos de Domicilios, tales como; Domicilio Civil, Domicilio Politico, Domicilio General y Legal etc. En nuestro Código Civil Panameño podemos apreciar lo siguiente en el capitulo I, que redacta sobre  domicilio en cuanto dependa del animo de permanecer en ella.                                                                            Artículo 76:  “ ...

Principio y fin de la existencia de las personas naturales.

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Con el simple hecho de N acer, el ser humano puede tener una existencia jurídica siendo considerado un sujeto de derechos y obligaciones. En caso que esta criatura no nazca se contará como inexistente. Con la finalidad de proteger la vida de los N asciturus , que vendría siendo el término jurídico al ser humano desde que es concebido hasta el momento de su nacimiento.  Su fecha probable concepción seria no menos de ciento ochenta días exactos antes del nacimiento, no más de trescientos contados hacia atrás desde la media noche en que inicie el día del nacimiento. En el articulo 41 del capitulo II, de nuestro código civil podemos destacar lo siguiente; “La existencia de la persona natural principia con el nacimiento; pero el concebido, si llega a nacer, en las condiciones que expresa el Artículo siguiente, se tiene por nacido para todos los efectos que le favorezcan. Salvo prueba en contrario y a los efectos del presente Artículo, al nacido se le presume concebido trescientos...

¿Que son las Personas en el Derecho?

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Existen muchas formas de conceptualizar y definir a las personas, pero en el sentido jurídico , tenemos que las personas como, Entidad con particulares cualidades que cuenta con una existencia jurídica que es capaz de ser titular de derechos subjetivos, obligaciones, facultades y responsabilidades jurídicas. División de las Personas: Según nuestro código civil de la Republica de Panamá, en el libro primero de Las Personas, Título I, capítulo I; Tenemos la división de las personas desde el artículo (38 al artículo 40). Existen personas Naturales y Jurídicas, y puntualiza en lo siguiente,  Articulo 38:   “Son Personas Naturales todos los individuos de la especie humana cualquiera que sea su edad, sexo, estirpe o condición ” esto hace alusión a lo que nuestro código define como persona natural. las personas Naturales como tal se Dividen en; Personas Nacionales, Extranjeras, Domiciliados y transeúntes.   La ley ...